viernes, 11 de noviembre de 2011

PERMISOS RETRIBUIDOS PARA EJERCER EL DERECHO AL VOTO EN LAS ELECCIONES GENERALES 20 DE NOVIEMBRE DE 2011


• Electores:
El horario de apertura de las mesas electorales es de 9 a 20 h. En función del horario y la jornada de cada trabajador y según la siguiente tabla le corresponden las siguientes horas de permiso retribuido:
1. Los trabajadores/as cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales, o lo haga por un período inferior a dos horas, no tendrán derecho a permiso retribuido.

2.- Los trabajadores/as cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales tendrán permiso retribuido de dos horas.

3.- Los trabajadores/as cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de las mesas electorales tendrán un permiso retribuido de tres horas.

4.- Los trabajadores/as cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales tendrán un permiso retribuido de cuatro horas.
Corresponde a la empresa la distribución del periodo en que los trabajadores disponen del permiso para acudir a votar (es decir, la empresa decide si es al principio o al final de la jornada). Pedid el justificante en la mesa electoral como que habéis votado.
LA EMPRESA NO PUEDE ABLIGAROS A VOTAR FUERA DE VUESTRA JORNADA LABORAL.
• Miembros de Mesa, Interventores y Apoderados:
En el caso de presidentes, vocales e interventores tendrán derecho a permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, y de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior. Cuando se trate de apoderados, el permiso solo corresponderá a la jornada correspondiente al día de la votación.
Si alguno de los trabajadores comprendidos en este apartado tuviera que trabajar en el turno de noche la jornada inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa, a petición del interesado, deberá cambiarle el turno a efectos de poder descansar la noche anterior al día de la votación.

Domingos y festivos de apertura para 2012



- 2 de enero, lunes
- 1 de julio, domingo
- 12 de octubre, viernes
- 1 de noviembre, jueves
- 8 de diciembre, sábado
- 16 de diciembre, domingo
- 23 de diciembre, domingo
- 30 de diciembre, domingo